A- de 2018
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Wilmar Alexander Florez Marin·Demandado Secretaria De Transito Y Transporte De Turbaco
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Medellín y el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Turbaco (Bolívar).
La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que hicieron los despachos involucrados respecto al factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambos juzgados son competentes para decidir la acción de tutela invocada, la Corte decide dar prevalencia a la elección que el actor hizo a prevención y, en consecuencia, remitir el expediente al Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Medellín, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 20 de junio de 2018 proferido por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal para Adolescentes con Funcion de Control de Garantias de Medellin (Antioquia), dentro del tramite de la accion de tutela formulada por Wilmar Alexander Florez Marin contra la Secretaria de Transito y Transporte de Turbaco (Bolivar).
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3445 al Juzgado
- Primero. Penal Municipal para Adolescentes con Funcion de Control de Garantias de Medellin (Antioquia) para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte accionante y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Turbaco (Bolivar) la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.